Anticipar impuestos o financiarte con lo tuyo: Cómo el Decreto 1555 de 2017 libera flujo de caja.

Descubre por qué miles de empresas usan el Decreto 1555 de 2017 como financiación no bancaria con recursos propios, liberando liquidez inmediata sin endeudarse ni depender de bancos.

Anticipar impuestos o financiarte con lo tuyo: Cómo el Decreto 1555 de 2017 libera flujo de caja.

Muchos empresarios del sector agropecuario o  agroindustrial se enfrentan a un dilema cada mes:

¿Pedir un crédito bancario? ¿Vender facturas por factoring? ¿O seguir entregando anticipadamente parte de sus ingresos a la DIAN?

La respuesta no siempre es buscar dinero afuera. A veces, la solución está en dejar de “regalar” lo que ya es tuyo. Como quien deja un fajo de billetes en la puerta de la DIAN y se olvida de recogerlo. ¿Te suena familiar?

La buena noticia es que existe una alternativa legal, segura y estratégica que no requiere endeudarte, ni hipotecar activos, ni llenar formularios bancarios complejos: el Decreto 1555 de 2017. Aunque no se anuncia en televisión ni te lo ofrece tu banco, cada vez más empresas agropecuarias y agroindustriales lo están utilizando como financiación no bancaria con recursos propios, liberando flujo de caja inmediato sin intereses ni compromisos externos.

Por qué cada vez más empresarios aplican el Decreto 1555

Empresas de todo el sector agroindustrial están cambiando la forma de gestionar sus impuestos. Descubren que no siempre es necesario anticipar dinero que aún no se ha ganado ni esperar meses para que la DIAN lo devuelva.

A octubre de 2025, más de 72 billones de pesos han sido registrados en la Bolsa Mercantil de Colombia por empresas que se acogieron al Decreto 1555 de 2017. Esta cifra representa un crecimiento del 36 % frente al año anterior, demostrando la adopción masiva y el valor real de esta herramienta.

¿Por qué este crecimiento? Porque cada vez más empresarios:

  • Buscan anticipar caja sin endeudarse.

  • Quieren compensar saldos a favor sin trámites largos ni riesgos de auditoría.

  • Dejan de asumir impuestos de terceros, optimizando su cadena de proveeduría.

  • Encuentran una vía segura para no perder anticipos por certificados de retención retrasados.

No se trata de un decreto nuevo. El Decreto 1555 nació en 1994 y, tras más de 30 años, ha sido ajustado y perfeccionado para favorecer a empresas agropecuarias y agroindustriales. Sin embargo, muchos aún lo desconocen o lo subestiman porque no suena como un crédito tradicional.

Cómo funciona el Decreto 1555 y por qué es considerado financiación no bancaria

Legalmente, el Decreto 1555 de 2017 es un beneficio tributario. Permite evitar retención en la fuente y autorretención especial a título de renta, siempre que las empresas registren sus facturas o documentos equivalentes en la Bolsa Mercantil de Colombia a través de una Sociedad Comisionista, como Comiagro S.A.

En la práctica, funciona como una forma de financiación no bancaria con recursos propios, porque:

  1. Recibes el 100 % del valor de tus facturas sin descuentos tributarios.

  2. No necesitas esperar a presentar la declaración de renta para recuperar anticipos.

  3. La comisión pagada es deducible del impuesto de renta, por lo que no impacta tu utilidad neta significativamente.

En otras palabras, obtienes caja inmediata usando tu propio flujo, sin endeudarte ni comprometer activos.

 

Comparativo: Decreto 1555 vs Factoring vs Crédito bancario

CriterioDecreto 1555FactoringCrédito bancario
¿Genera deuda? No Sí Sí
¿Usa recursos propios? Sí No No
¿Liquidez inmediata? Sí Sí Sí
¿Requiere garantías? No No Generalmente
Costo Comisión deducible Descuento 1.5%–3% Intereses + seguros
¿Afecta capacidad de endeudamiento? No No Sí
¿Complementario con otras opciones? Sí Sí Limitado

 Doble liquidez con recursos propios

Imagina esto: Recibes el 100 % de tu factura con el Decreto 1555.
 Luego decides vender esa misma factura por factoring, obteniendo un segundo flujo inmediato.

Resultado:

  • Doble liquidez con una sola factura

  • Doble oportunidad sin deuda

  • Sin afectar calificación crediticia ni cupos bancarios

Esto es lo que la Bolsa Mercantil llama financiación no bancaria con recursos propios + anticipo de cartera, una fórmula que combina eficiencia tributaria y gestión estratégica de tesorería.

Qué hacer ahora para aprovechar el Decreto 1555

  1. Evalúa cuánto estás anticipando actualmente por retención en la fuente y autorretención.

  2. Verifica si tus productos califican para registro en la Bolsa Mercantil de Colombia, según el Decreto 1555.

  3. Calcula el beneficio con el simulador de Comiagro.

  4. Agenda una llamada con un asesor experto para iniciar el registro y la adopción del beneficio tributario.

  5. Considera combinarlo con factoring para potenciar aún más tu liquidez.

Recuerda: no es deuda, no es crédito, es tu propia caja recuperada estratégicamente.

Preguntas frecuentes sobre el Decreto 1555

¿Por qué es financiación con recursos propios?
Porque no accedes a dinero externo. Simplemente liberas lo que ibas a anticipar como impuesto y lo usas cuando realmente lo necesitas.

 ¿Puedo usar Decreto 1555 y factoring juntos?
Sí. Son estrategias complementarias: uno evita anticipos tributarios y el otro adelanta pagos por ventas a crédito, optimizando tu flujo de caja.

 ¿El costo es alto?
No. Pagas una comisión variable y deducible, mucho menor que intereses bancarios o tasas de descuento de factoring. Además, no afecta tu balance ni capacidad de financiación futura.

 ¿Esto lo usan empresas grandes?
Sí. Empresas grandes del agro, agroindustriales procesadoras de alimentos y exportadores lo aplican estratégicamente, mejorando su flujo de caja sin endeudarse.

 Conclusión

El Decreto 1555 de 2017 no reduce tus impuestos, pero te da oxígeno financiero inmediato, liberando flujo de caja para invertir en producción, logística y expansión sin recurrir a bancos.

Es una herramienta clave para empresas agropecuarias y agroindustriales que buscan optimizar flujo de caja, reducir riesgos de auditoría y usar recursos propios de manera estratégica.

Con Comiagro y la Bolsa Mercantil de Colombiacada factura registrada se convierte en una oportunidad de crecimiento.

 

i: Este contenido tiene fines exclusivamente educativos y no constituye una asesoría personalizada. Las decisiones de inversión deben tomarse con el acompañamiento de un profesional autorizado por el Autorregulador del Mercado de Valores (AMV).  Las fuentes externas citadas no representan necesariamente la postura oficial de Comiagro S.A., y no recibimos ningún pago por incluirlas. El cumplimiento de normas y fechas tributarias es responsabilidad exclusiva de cada lector según su perfil y contexto. 

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